Estando ya a puertas del cierre y fines del segundo semestre del año; se viene la gratificación diciembre 2020, el mes que se debe asignar el pago de la gratificación económica para los trabajadores de las empresas privadas. Todos los empleadores están obligados por ley a realizar el pago de la gratificación.
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En este sentido, de acuerdo al decreto supremo 005-2002-TR, el pago de la segunda gratificación del año se tiene que realizar durante la primera quincena del mes de diciembre, tomando como último día de pago el 15 de diciembre, de ser hábil o el último día hábil anterior a la fecha límite.
El beneficio es para todo trabajador del sector privado que cuente con contrato, de tiempo indefinido, plazo fijo o tiempo parcial. Por parte del trabajador, debe haber laborado un semestre completo para recibir la totalidad de la gratificación equivalentes a un sueldo completo, caso contrario se pagará de manera porcentual por los meses trabajados entre julio y diciembre.
También tienen derecho al pago de la gratificación los empleados que estén de vacaciones, de licencia por maternidad, descanso médico por enfermedad o accidente y quienes tengan permiso con goce de remuneraciones.
Por otro lado, los que están en suspensión perfecta de labores podrán recibir la gratificación si es que han laborado al menos un mes durante el semestre de julio a diciembre, de ser ese el caso el monto sería proporcional a los meses trabajados.
Por último, los practicantes no reciben gratificación; sin embargo, se les otorga una subvención adicional por cada seis meses de trabajo en la empresa.