Prohiben cortar servicio a usuarios en días que no tengan sus oficinas habilitadas

Una nueva ley aprobada por el Congreso de la República y publicada ayer en el diario El Peruano establece que las empresas prestadoras de servicios públicos de agua, electricidad, gas natural, telefonía e Internet no podrán cortar el servicio a los usuarios por falta de pago en los días que no tengan habilitadas sus oficinas y sistemas de pago para la cancelación de la deuda.Además, dictamina que las compañías estarán obligadas a realizar la reconexión de los servicios dentro de las 24 horas contadas a partir de su cancelación.Las empresas podrán optar por cortar el servicio en cualquier momento siempre y cuando exista un uso indebido de este o por razones técnicas debidamente justificadas y amparadas por las normas emitidas por los organismos reguladores.La nueva norma entrará en vigencia en 59 días.Foto: elpregon.org

VER NOTICIA COMPLETA